A través del Departamento de Relaciones Públicas, se realizan los trámites de ingreso y egreso de los cadáveres o restos humanos, asimismo se proporciona la atención a los deudos para que realicen los trámites correspondientes con que se dará destino final al cadáver y/o restos humanos.
1.- Oficio de práctica para necropsia.
2.- Oficio de entrega de cadáver y/o restos a los testigos de identidad.
3.- Copia de la carpeta de investigación.
4.- Certificado médico de cadáver feto o segmento.
5.- Resumen Clínico (en caso de haber recibido atención médica, inmediata previa al deceso).
6.- Copia fotostática simple de las identificaciones oficiales de los testigos de identidad.
7.- Cadena de custodia del cadáver.
• 1.- Verificar en la Agencia del Ministerio Público: Nombre del occiso, número de carpeta de investigación y documentación completa.
• 2.- Contar con un servicio funerario, para que el área de relaciones públicas del incifo ingrese el cadáver y/o restos, y se realice la necropsia.
• 3.- Declarar en la Oficina de Relaciones Públicas del INCIFO para efectuar el llenado de los documentos requeridos para dar destino final al cadáver y/o restos.
• 4.- Realizarán una identificación física del cuerpo.
• 5.- Finaliza la entrega de documentos y cadáver y/o restos.
• 1.- Permanece en el incifo un lapso aproximado de 15 días, en espera de su identificación.
• 2.- En caso de no ser identificado, se realizarán los trámites necesarios para su envío a la fosa común.
• 3.- Si se efectúa la identificación del cadáver y/o restos previo al envío a la fosa común, se deben presentar los oficios requeridos para la entrega del cuerpo y documentos a los familiares o testigos de identidad para su destino final.
• 4.- Si la identificación es posterior al envío a la fosa común, se deben presentar los oficios requeridos para la entrega del formato pre llenado para elaborar el acta de defunción.